«Helena con h»

encantador de serpientes

 Decía Mark Twain: “El coraje es resistencia al miedo, dominio del miedo, no ausencia del miedo”.

Cuando escucho: “No tengo miedo”, no me lo creo, se tiene, pero lo controlas, mandas sobre él, y en mi opinión, no tenerlo es incluso arriesgarse a ser temerario o imprudente. Mi ideal es ser corajudo, expresión más habitual allende los mares, en cuanto a ser valiente, pero sin aparcar el raciocinio, en el más puro sentido literal de usar la razón para conocer y juzgar. Sucede que éste, habitualmente, surge y se afianza con la madurez (aunque algunos no la alcanzan nunca).

  Helena con h, como remarcaba e insistía cuando le preguntaban su nombre, siempre fue así: valerosa, pero claro, su juventud, su inmadurez, provocaban la ausencia de ese tan necesario raciocinio, carencia que sumada a una muy arraigada rebeldía, supuso que sus topetazos fuesen monumentales. Y es que para tener coraje, para conseguir llevar las riendas del miedo, para evitar temeridades, según personas, es necesario empezar a peinar canas. (Aunque justo es admitir, que los hay siempre comedidos; influye la personalidad y múltiples factores).

  Lo cierto es que Helena con h, pasó de ser la típica empollona a adolescente rebelde, diríase que muy rebelde, si bien la época casi lo exigía -ya traté en otro post la “Generación del 600”-.  Y esa rebeldía se consolidó en su etapa universitaria, etapa que por otra parte, fue magnífica en todos los sentidos.

Cuando terminó sus estudios universitarios, marchó a Alemania, lo que supuso el colofón en su formación. Pero claro, rodeada de libros, con cierta dosis de excentricismo y alentada por su rebeldía, no tenía mesura en sus relaciones sentimentales, no existía en ella el término medio, ese que siempre le repetían que era el ideal, porque Helena o moría de amor u odiaba.

   Con ese talante corría gravísimos riesgos. Era una niña muy mona, muy formada, académicamente hablando, con mucha planta, pero poca vida callejera. Ya se lo decían sus padres: “nena, muchos libros, pero poca vida, así que: baja del guindo”. Y es que realmente no había salido del nido, aunque ella sí lo creyera, lo que a la postre, fue un craso error.

  Optó por continuar residiendo en Alemania donde seguiría con su educación universitaria. No tenía ningún problema con su fluida expresión, pues además de su idioma natal, hablaba francés (el dominante en la época) y lógicamente, el alemán.

Subida al guindo y sin darse cuenta que seguía en él, siempre rodeada de libros y perfeccionando sus idiomas, conoció a un personaje que era la viva estampa del encantador de serpientes, vamos, el prototipo, tan es así que si ahora le preguntasen: ¿qué es un encantador de serpientes? Espontáneamente surgiría su nombre: “Derek”.

Al saltar la chispa, también se abrió la espoleta: ella con poca vida, él un rufián ¿Qué más ingredientes se necesitaban para la traca final? Se enamoró como una adolescente, todo discurrió demasiado rápido y pronto contrajeron matrimonio, con su familia en contra , como no podía ser de otro modo, por las premuras. flor de tela

    Los principios fueron como suelen ser: los vivió en una nube, sin querer enfrentarse a muchas cuestiones que pronto empezaron a chirriar, pero entre la nube y el guindo, oye, tan feliz. Ese estado duró poco, aunque según se mire, fue incluso demasiado, pues hasta que se dio el golpazo transcurrieron apenas dos años. Dos años de engaños y mentiras, dos años que a ella le pudo parecer poco pero en los que él fue muy aplicado ¡Y tanto que lo fue! La primera mentira: nunca estuvo enamorado de ella, y cuando le sacó hasta las entrañas, metafóricamente hablando, puesto que le dejó sin un céntimo, fruto de sus múltiples engañifas, cayó de bruces del árbol, del nido, y con todo el equipo ¡Vaya si cayó!

  Y así fue como espabiló, Helena con h: a lo bruto.

  No supe más de Helena, pero hace poco me contaron que continúa residiendo en el mismo país y que de un paseo por las nubes incluida la gran estafa (no americana), su lema hoy, es: “No confíes en nadie”.

 

Este quimérico relato, bien pudiera corresponderse con casos reales. La mayor de las estafas, es la estafa sentimental ¿Quién no conoce a una mujer u hombre que haya vivido algo similar?

 Y si añades otra económica durante el matrimonio, ahora vas y explicas lo que es la excusa absolutoria conforme al artículo 268 del Código Penal; cuestión sobre la que me comprometo a explayarme en otro post. (Este precepto reza así: «1. Están exentos de responsabilidad criminal y sujetos únicamente a la civil los cónyuges que no estuvieren separados legalmente o de hecho o en proceso judicial de separación, divorcio o nulidad de su matrimonio y los ascendientes, descendientes y hermanos por naturaleza o por adopción, así como los afines en primer grado si viviesen juntos, por los delitos patrimoniales que se causaren entre sí, siempre que no concurra violencia o intimidación, o abuso de la vulnerabilidad de la víctima, ya sea por razón de edad, o por tratarse de una persona con discapacidad. 2. Esta disposición no es aplicable a los extraños que participaren en el delito).

                                                          @angels_blaus

¡Escándalo!

Ya en plena canícula, y cuando pasamos de tsunamis a olas de calor (el tiempo está loco, loco, loco), leo sobre catálogos de prohibiciones en las playas que funcionan a modo de reinos de Taifas, pues depende de cada Ordenanza municipal, y me entero que en la terreta (mi tierra valenciana), en Cullera se ha dictado un bando municipal para recordar la prohibición de plantar sombrillas a menos de seis metros de la orilla, y en la playa de “El Perelló” se prohíbe colocar la sombrilla antes de las diez de la mañana. 

Queda pues extinguida esa especie tan admirada por mí, que perduraba desde el «Landismo», se trataba de esos madrugadores sombrilleros que se levantaban casi al alba, así fuese quince de agosto, para apropiarse de un cachito en la arena lo más próximo a la orilla. Oiga y los muy jetas, después… ¡Se  piraban!

Entonces, si cuando a posteriori, tú bajabas y veías la sombrilla desierta:¿cuál era el terreno prohibido?, ¿veinte centímetros perimetrales superiores al diámetro de la circunferencia de la sombra de la sombrilla? (a la sombra de una sombrilla… Era una canción de la zarzuela “Luisa Fernanda”, ese género que tanto le gustaba a mi padre, recuérdese por quien quierahttps://www.youtube.com/watchv=b4wOGDNN3VA) bien ¿se podía invadir ese microespacio porque al jeta ya se le había pasado el arroz?: lo que en Derecho se corresponde con plazos, pérdidas de la posesión y rollos varios.  

    En fin, podemos respirar tranquilos, aunque siempre sentiré nostalgia por los madrugadores sombrilleros, ya definitivamente extinguidos, so pena que quede algún espécimen contumaz y recalcitrante o muy lilo, y se arriesgue a perder la paga extraordinaria con el multazo que le pueden imponer.

Siguiendo con aquél listado, en San Pedro del Pinatar, Mazarrón o las playas de Lorca (Murcia), también se podrá multar a quien haga nudismo, así como en la playa de Santa Cruz de La Palma, donde igualmente se prohíbe la entrada de animales a la zona de arena y baño, (con la excepción de los perros “lazarillos”), o lavarse con jabón, gel o champú. Esa prohibición de nudismo en las playas urbanas de Cádiz, recientemente fue avalada por nuestro Tribunal Supremo: 

STS, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Secc 4ª, nº 1052/2016 de 11 de mayo, que desestima recurso de casación contra St dictada por el TSJA y confirma la Ordenanza de uso y disfrute de las playas del Ayuntamiento de Cádiz, que prohíbe practicar el nudismo en las urbanas.  Y en el mismo sentido otra anterior: STS, Sala 3ª, de lo Contencioso-administrativo, Sección 4ª, Sentencia de 30 Mar. 2015, respecto de las playas de Castell-Platja D´Aro y S´Agaró de Girona, en la que igualmente se razona que: «Es legítima la Ordenanza de uso que tipifica como infracción grave el nudismo en las mismas, a excepción de las que se autoricen al efecto, por ser de uso familiar, sin que ello suponga discriminación alguna ni vulneración del derecho a la libertad ideológica, porque no prohíbe la ideología nudista, sino que simplemente prohíbe la desnudez en las playas».        

Me resulta chocante que cuestiones que me parecen de puro sentido común, exijan esta regulación, lo que demuestra que seguimos sin ponernos de acuerdo en lo que significa la convivencia social con mayúsculas y es que al fin y al cabo, lo que a mí me puede molestar, a mi vecino no y viceversa y así seguiremos.

Pese a todo, hemos adelantado, pues también me ha venido a la mente a modo de flashback, lo que antaño era el escándalo público, conducta que fue delictiva hasta 1989 (antes de ayer). Así el artículo 431 del Código Penal de 1973 (art. derogado por L.O. 5/1988, de 9 de junio), castigaba a quien ejecutare o hiciere ejecutar a otro actos lúbricos o de exhibición obscena ante menores de dieciséis años o deficientes mentales, con pena de arresto mayor y multa de 100.000 a 1.000.000 de «pesetas».  Y fíjense cómo se expresaba nuestro TS, Sala Segunda, por ejemplo en Sentencia de 20 de mayo  de 1981, razonaba que, este delito era: «de mera tendencia y obsceno comportamiento, no de resultado, y su integración legal surge … por ofensa al pudor o a las buenas costumbres, lo que significa ofender a la moral sexual colectiva, por hechos de grave escándalo o trascendencia». 

O en Sentencia de 9 de octubre de 1982, señalaba que: «El exhibicionismo de los órganos genitales masculinos a mujeres ha sido penado por el TS en multitud de sentencias, como delito de escándalo público, pues dicho acto sigue produciendo un verdadero trauma en los sentimientos de recato, morigeración e intimidad sexual femeninos…» Sí, sí, lo que leen y tal cual lo leen. 

Con todo ello quiero decir, que comparado con aquéllos años, progresamos, aunque en muchos aspectos, no progresemos adecuadamente, al menos, no al paso deseado, y en otros, hasta hemos sufrido una involución. 

Paradojas. La vida misma. 

                                                        @angels_blaus